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Calculadora IRPF Autónomos 2026

Modelo 130 · Retención trimestral · Tramos estatales 2026
Ingresos y gastos anuales
Cuota IRPF anual estimada
⚠️ Estimación basada en mínimos estatales. Los tramos autonómicos pueden variar entre CCAA. Consulta con un asesor fiscal.

Optimiza tu IRPF

1
Maximiza gastos deducibles
Cuota de autónomos, suministros (20%), material, formación, gestoría y software son deducibles al 100%.
2
Aporta a plan de pensiones
Las aportaciones reducen directamente tu base imponible. Límite: 1.500€/año en planes individuales (2026).
3
Presenta el modelo 130 trimestralmente
Si tus clientes no te retienen, debes presentar el modelo 130 en enero, abril, julio y octubre.

IRPF para autónomos en España 2026

Los autónomos tributan en el IRPF por sus rendimientos de actividades económicas. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos deben gestionar sus propios pagos a cuenta del impuesto, ya sea mediante retenciones en facturas (modelo 111) o mediante el pago fraccionado trimestral (modelo 130).

Tramos del IRPF estatal 2026

Base liquidable (€)Tipo estatalTipo total aprox.*
0 – 12.4509,5%19%
12.450 – 20.20012%24%
20.200 – 35.20015%30%
35.200 – 60.00018,5%37%
60.000 – 300.00022,5%45%
Más de 300.00024,5%47%

* Tipo total = estatal + autonómico (varía por CCAA). Este simulador aplica el tipo medio nacional.

Retención del 15% en facturas

Los autónomos que desarrollan actividades profesionales deben aplicar una retención del 15% en sus facturas a empresas y profesionales (7% los primeros 3 años de actividad). Esta retención es un anticipo del IRPF que el cliente ingresa directamente en Hacienda.

Preguntas frecuentes sobre IRPF autónomos

¿Qué gastos puedo deducir como autónomo?
Los principales gastos deducibles son: cuota de autónomos (100%), arrendamiento del local de negocio (100%), suministros si trabajas desde casa (20%), material y herramientas (100%), formación relacionada con la actividad, gestoría y asesoría, seguros profesionales, y amortización de equipos y vehículos si son de uso exclusivamente profesional.
¿Cuándo tengo que presentar el modelo 130?
El modelo 130 se presenta trimestralmente: enero (4T anterior), abril (1T), julio (2T) y octubre (3T). No es obligatorio si más del 70% de tus ingresos ya llevan retención.