Derechos del trabajador en España 2026
Conocer tus derechos laborales es fundamental para saber cuándo una empresa te está tratando correctamente y cuándo no. En España, estos derechos están recogidos principalmente en el Estatuto de los Trabajadores y en los convenios colectivos de cada sector, que pueden mejorar —nunca empeorar— lo que establece la ley.
Jornada laboral: horas, descansos y límites
La jornada máxima legal es de 40 horas semanales en cómputo anual. Desde 2025, el registro horario es obligatorio para todas las empresas: deben registrar la hora de entrada y salida de cada trabajador. Las horas extra son voluntarias (salvo que el convenio diga lo contrario) y tienen dos opciones: compensarse con descanso equivalente o pagarse con un plus de, como mínimo, el valor de la hora ordinaria. Máximo 80 horas extra al año.
Descansos obligatorios: al menos 12 horas entre jornadas, 1,5 días de descanso semanal (habitualmente sábado tarde + domingo), y 15 minutos de descanso si la jornada supera las 6 horas (30 minutos si eres menor de 18 años).
Vacaciones: días, retribución y cómo se calculan
El mínimo legal es de 22 días laborables al año (que equivalen a 30 días naturales). Tu convenio puede establecer más días. Las vacaciones no pueden compensarse económicamente salvo al final del contrato. Se disfrutan cuando empresa y trabajador acuerden, pero si no hay acuerdo, el trabajador tiene derecho a conocer las fechas con al menos 2 meses de antelación.
Si caes enfermo durante las vacaciones (con parte de baja), puedes interrumpirlas y disfrutar los días perdidos cuando te recuperes. Si el contrato termina con vacaciones pendientes, cobras esos días en el finiquito.
Bajas médicas: IT y qué cobras
La incapacidad temporal (IT) es la baja por enfermedad o accidente. Lo que cobras depende de la causa: por enfermedad común o accidente no laboral, los primeros 3 días no cobras nada (salvo que el convenio lo mejore); del día 4 al 15, la empresa paga el 60% de la base reguladora; a partir del día 16, la Seguridad Social paga el 60% hasta el día 20 y el 75% del día 21 en adelante. Por accidente laboral o enfermedad profesional, cobras el 75% desde el primer día.
Conciliación: permisos retribuidos
Los permisos retribuidos a los que tienes derecho por ley incluyen: 15 días naturales por matrimonio o pareja de hecho (en CCAA que lo reconozcan), 2 días por nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar de primer grado (4 si hay desplazamiento), 1 día por mudanza, el tiempo necesario para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, y permisos de paternidad y maternidad de 16 semanas cada uno.
Despido: tipos y derechos
Ante un despido tienes derecho a recibir el finiquito (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas proporcionales) y, si procede, la indemnización. Los tipos de despido y sus indemnizaciones: improcedente (sin causa justificada): 33 días por año, máximo 24 mensualidades; procedente (con causa acreditada): 20 días por año, máximo 12 mensualidades; objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas): 20 días por año. Siempre tienes 20 días hábiles para impugnar el despido ante el juzgado de lo social.
Convenio colectivo: tu segunda norma laboral
El convenio colectivo de tu sector o empresa puede mejorar la ley en vacaciones, salario mínimo del sector, permisos, categorías profesionales, jornada reducida, etc. Para saber qué convenio te aplica, consulta el Ministerio de Trabajo o pregunta a tu empresa. El BOE publica todos los convenios homologados.